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La esterilización: Una decisión sin vuelta atrás

La esterilización es una acción quirúrgica o química que tiene por objeto privar de la facultad de procrear.

Por Arelis Sánchez
DiarioSocialRD.Com



Santo Domingo, RD.-Cuando un hombre o una mujer decide esterilizarse debe estar claro que no se trata simplemente de impedir la procreación, si no de la supresión definitiva de la facultad procreativa.

Hay muchos métodos que impiden la procreación, pero  no constituyen una acto de esterilización, como los anticonceptivos de barrera, (v.gr., los preservativos); los que destruyen los espermatozoides una vez que éstos penetran el tracto vaginal (v.gr., los espermaticidas); o los que hacen más espeso el moco cervical impidiendo así el paso de los espermatozoides al encuentro con el óvulo, (v.gr., las píldoras anticonceptivas cuando funcionan de esa manera).

Estos métodos impiden la concepción, es decir, el encuentro entre el óvulo y el espermatozoide. Por ello se dice que su modo de acción es anticonceptivo, es decir, que impide la concepción pero no son esterilizadores en cuanto que no suprimen la facultad procreativa, es decir, no suprimen la producción de óvulos ni tampoco la de espermatozoides; ni impiden el paso de los gametos (óvulos o espermatozoides) al interior de las vías genitales masculinas o femeninas que son los mecanismos  constituyen la esterilización.

Los métodos anticonceptivos como por ejemplo,  las píldoras anticonceptivas actúan mediante su principal mecanismo que es el antiovulatorio, es decir, el impedir la ovulación. Ello constituye una esterilización temporal, es decir una supresión de la facultad procreativa (en este caso femenina) durante un tiempo.

A este tipo de esterilización supresora de la facultad procreativa, se le llama también esterilización funcional cuando suprime la propia facultad procreativa pero deja intacta la integridad del órgano reproductor. En el caso del mecanismo antiovulatorio ya mencionado de la píldora anticonceptiva, se trata de una esterilización funcional temporal, porque la supresión temporal del funcionamiento normal del órgano reproductor (en este caso del ovario) lo deja intacto.

Sin embargo, cuando la esterilización se procura mediante la extirpación o modificación -- quirúrgica o no -- de alguno de los órganos indispensables para la procreación, se llama esterilización orgánica, porque el órgano reproductor ha sido afectado en su funcionamiento normal o extirpado. Esto último ocurre, por ejemplo, en el caso de la histerectomía, es decir, cuando se extirpa el útero.

También existe el modo de acción esterilizador de la ligadura de las trompas de Falopio. Cuando esto ocurre, los ovarios siguen produciendo óvulos, pero éstos no pueden pasar al interior de la vía genital femenina, es decir, al resto de la trompa y de ahí al útero. La esterilización de este tipo correspondiente al caso del hombre es la vasectomía, es decir, la resección de los canales deferentes y la sucesiva ligadura. Así se impide a los espermatozoides salir de los testículos.

Es muy importante distinguir la anticoncepción (impedimento de la unión entre el óvulo y el espermatozoide) y la esterilización (la supresión de la facultad procreativa).

Esterilización femenina y masculina


La esterilización femenina consiste generalmente en el cierre o ligadura de las trompas de Falopio. Actualmente esa cirugía se realiza mediante el laparoscopio. Hay algo más drástico todavía, la histerectomía o extirpación del útero. Tampoco faltan experimentos con métodos no quirúrgicos de esterilización, o sea, métodos químicos como la Esterilización quinacrina.

La esterilización masculina suele realizarse mediante la vasectomía, es decir, la resección de los canales deferentes y sucesiva ligadura. Así se impide a los espermatozoides salir de los testículos.

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Cuando un hombre o una mujer decide esterilizarse debe estar claro que no se trata simplemente de impedir la procreación, si no  de la supresión definitiva de la facultad procreativa.
Cuando un hombre o una mujer decide esterilizarse debe estar claro que no se trata simplemente de impedir la procreación, si no de la supresión definitiva de la facultad procreativa.
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